Existen ocasiones en que la planeación fiscal-patrimonial de extranjeros con inversiones en Estados Unidos no es suficiente para eliminar los impuestos de transferencia, sean hereditarios, sobre donaciones, o sobre transferencias a terceras generaciones, o bien, la recomendación o conclusión de la planeación presenta una estrategia compleja y costosa.
El Seguro de Vida es Frecuentemente la Solución para el Pago de los Impuestos Hereditarios
La solución más efectiva para el pago de los impuestos hereditarios en Estados Unidos siempre ha sido el seguro de vida. El seguro de vida es el instrumento o herramienta financiera ideal ya que el mismo hecho que detona el pago del impuesto, también detona el pago del seguro: la muerte del asegurado. Aunado a lo anterior, el hecho de que los beneficios económicos de dichas pólizas no generan el impuesto sobre la renta para los beneficiarios, y cuando las pólizas se protegen por un “trust” o fideicomiso conocido por sus siglas en inglés ILIT (Irrevocable Life Insurance Trust) dichos beneficios también pueden ser excluidos de la masa hereditaria o del patrimonio del asegurado. Todo esto hace que el seguro de vida sea tan buscado y utilizado para los fines anteriores.
Sin embargo, con los incrementos de valor acelerados de los activos e inversiones de muchos inversionistas extranjeros, las cantidades de seguros que se requieren obtener cada vez son mayores, y por tanto, las primas que hay que pagar también. En virtud de esto, ¿qué puede hacer el extranjero cuyo pago del impuesto hereditario está proyectado en varios millones de dólares al momento de su muerte?
Programas de Financiamiento de Primas de Seguros de Vida
En principio, este tipo de inversionista es el que requiere algún tipo de planeación fiscal-patrimonial la cual puede o no resultar de su agrado dependiendo de si tiene que rendir el control de sus inversiones o activos a terceras personas, las cuales en la mayoría de las veces no son familiares, o bien por no resultar efectivas porque las estrategias fueron creadas bajo sistemas jurídicos civiles a las cuales la ley o la jurisprudencia en Estados Unidos no les reconoce la protección legal que se pretende, o bien, porque la complejidad de la estrategia requiere demasiado dinero, tiempo o atención por parte de su dueño. En estos casos, hay que volver a la pregunta obligada por el título de este artículo ¿qué solución alternativa existe para los inversionistas extranjeros que no quieren planear, o no están satisfechos con los resultados que ofrece la planeación fiscal-patrimonial?
Como se podrán imaginar, la respuesta es el seguro de vida. Sin embargo, hay que agregar que para estos inversionistas la respuesta completa es el seguro de vida comprado a través de programas de financiamiento de primas. Desde que escribí el primer artículo sobre el tema, mi opinión al respecto ha cambiado o evolucionado.
Anteriormente, era de la opinión que el financiamiento de primas era viable para personas que requerían coberturas de seguro a partir de $10 millones de dólares y el punto ideal se ubicaba por arriba de los $25 millones de cobertura. Sin embargo, debido a la persistencia de las tasas de interés bajas y de la creación de nuevos tipos de pólizas de seguros en Estados Unidos, considero que el inversionista extranjero puede aprovechar estos programas de financiamiento cuando la cobertura necesaria para cubrir el pago de los impuestos hereditarios al momento de su muerte requiera el pago de primas que excedan los $250,000 dólares anuales, aunque los programas hoy día consideran el financiamiento del asegurado a partir de una prima de $100,000 dólares anuales y las tasas de interés fluctúan entre el 2.0 % y el 5.35% dependiendo de la aseguradora y del banco con quien tengan establecido el programa respectivo. En ocasiones, las aseguradoras permiten que el banco del asegurado sea quien facilite el financiamiento.
Requisitos para los Programas de Financiamiento de Primas de Seguros de Vida
Generalmente, los programas de financiamiento de primas de seguro requieren que se haga no tan sólo una evaluación médica, sino también una evaluación financiera en la que se demuestre la necesidad de la cobertura y la capacidad de otorgar garantías prendarias sobre portafolios de inversión o en efectivo y sobre la póliza misma por los primeros años de la póliza, las cuales son liberadas con posterioridad y antes de que se liquide el préstamo con los fondos que ha acumulado la póliza, o bien con fondos propios del asegurado.
Es el caso, que algunos inversionistas extranjeros acaban pagando el 2.0% anual sobre el valor acumulado de las primas anuales por un período de 15 años, a veces menos, al cabo del cual se toma una porción del valor acumulado por la póliza y se paga el préstamo original al banco. A partir de ese momento, el asegurado queda como único dueño de la póliza la cual sus beneficiarios podrán cobrar y cubrir el pago de los impuestos hereditarios en su momento.
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